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Cómo tributan los premios literarios en el IRPF

Lectura: 6 min  ·  Actualizado el 23 de octubre de 2026

Ganar un concurso literario tiene una letra pequeña que casi ninguna convocatoria explica: el dinero llega con una parte retenida y después hay que declararlo. Esta guía cuenta cómo tributa un premio literario en el IRPF a partir de la ley, del reglamento y de lo que ha respondido la Dirección General de Tributos en sus consultas vinculantes, que son las respuestas oficiales de Hacienda a preguntas concretas.

La regla general: el premio tributa

La Ley del IRPF declara exentos «los premios literarios, artísticos o científicos relevantes, con las condiciones que reglamentariamente se determinen» (artículo 7.l). La palabra que importa es relevantes: no basta con que el premio sea literario, tiene que cumplir los requisitos del reglamento y, además, Hacienda tiene que haberlo declarado exento. Si no se dan las dos cosas, el premio tributa.

Cuándo está exento un premio literario

El artículo 3 del Reglamento del IRPF fija los requisitos. Tienen que cumplirse todos:

  1. El convocante no puede explotar la obra. El premio no puede exigir la cesión ni la limitación de los derechos sobre ella, incluidos los de propiedad intelectual. Solo se admite la «mera divulgación pública de la obra, sin finalidad lucrativa y por un período de tiempo no superior a seis meses».
  2. La obra tiene que ser anterior a la convocatoria. Las becas, ayudas y cantidades para financiar una obra que todavía se va a escribir no son premios exentos.
  3. La convocatoria tiene que ser nacional o internacional, no puede limitar quién se presenta por razones ajenas al propio premio y su anuncio tiene que publicarse en el BOE o en el boletín de la comunidad autónoma y, además, en al menos un periódico de gran circulación nacional. Los premios convocados en el extranjero o por organizaciones internacionales solo tienen que cumplir lo de no limitar a los participantes.
  4. La Agencia Tributaria tiene que declarar la exención. La pide el convocante, con carácter previo a la concesión del premio. Si el premio es extranjero, la pide el premiado antes de que empiece el plazo de la declaración de la renta. La declaración sirve para las convocatorias siguientes mientras sus condiciones no cambien.

De aquí salen dos consecuencias prácticas. Un premio cuya recompensa incluye publicar tu libro con un contrato de edición no puede estar exento, porque el convocante explota la obra. Y un concurso municipal limitado a los vecinos, o anunciado solo en el boletín de la provincia, tampoco cumple los requisitos de la convocatoria.

Si no está exento: qué tipo de ingreso es

Un premio literario no tributa como un premio de lotería o de un sorteo. Hacienda lo dice expresamente en la consulta V0684-22: como el premio se da a una obra literaria, se excluye su calificación como ganancia patrimonial. Queda en una de estas dos categorías:

  • Rendimiento del trabajo, cuando las bases incluyen la cesión de algún derecho de explotación de la obra premiada.
  • Rendimiento de actividad profesional, cuando te presentas dentro de tu actividad como escritor y, según la consulta V1768-23, también cuando el premio no lleva ninguna cesión de derechos.

La retención: el 15 %

En los dos casos, quien paga el premio tiene que retener el 15 %: el artículo 80.1.4.º del reglamento lo fija para las obras literarias con cesión de derechos, y el artículo 95.1 para las actividades profesionales. Hay dos casos en que baja al 7 %, y en los dos tienes que comunicarlo por escrito a quien te paga:

  • Si es rendimiento del trabajo, cuando el año anterior cobraste menos de 15.000 € por este concepto y eso fue más del 75 % de tus ingresos del trabajo y de actividades económicas.
  • Si es actividad profesional, el año en que empiezas la actividad y los dos siguientes, siempre que no hubieras ejercido ninguna el año anterior.
PremioRetención al 15 %CobrasAl 7 %, cobras
500 €75 €425 €465 €
1.000 €150 €850 €930 €
3.000 €450 €2.550 €2.790 €

No hay mínimo de 300 €

Se repite mucho que los premios de menos de 300 € no llevan retención. Ese límite existe en el artículo 75.3.f del reglamento, pero dentro de los premios que son ganancia patrimonial, como los de juegos y sorteos, y un premio literario no lo es. En la consulta V0684-22, una asociación preguntó por los premios de su concurso literario, que no pasaban de 250 €, y Hacienda respondió que se retienen según los artículos 80 y 95, aunque algún premiado sea menor de edad.

La retención no es el impuesto final. Es un adelanto: el premio se suma a tus ingresos del año en la declaración de la renta y lo retenido se descuenta de la cuota. Pide al convocante el certificado de retenciones.

La reducción del 30 %

Los premios literarios no exentos cuentan como rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo (artículos 12.1.g y 25.c del reglamento). Eso permite aplicarles una reducción del 30 % si se imputan en un solo año: de un premio de 1.000 €, tributas por 700 €. Si es rendimiento del trabajo, la reducción se aplica sobre el importe íntegro; si es actividad profesional, sobre el rendimiento neto.

La condición está en la misma frase del reglamento: «no se consideran premios, a estos efectos, las contraprestaciones económicas derivadas de la cesión de derechos de propiedad intelectual». Si el dinero del premio paga la cesión de los derechos de tu obra, no hay reducción. Hay una excepción: la cesión que se limita a divulgar la obra sin ánimo de lucro durante seis meses como máximo. En la consulta V1768-23, dos premios cedían a sus convocantes, una asociación y un ayuntamiento, la publicación de los textos, y Hacienda contestó que tendrían la reducción si esa edición no se vendía.

Qué mirar en las bases

  • Si dicen que el premio está exento, que lo digan por una declaración de la Agencia Tributaria. Si no la citan, pregunta.
  • Si ceden derechos (edición, reproducción, traducción), el premio no está exento, y para saber si tiene la reducción del 30 % hay que ver si la edición se vende.
  • La retención: si las bases solo dicen que se aplicarán las retenciones que correspondan, cuenta con el 15 %.
  • El año en que cobras es el de la declaración en la que lo incluyes, no el de la convocatoria.

Para el resto de las condiciones de un concurso, tienes la guía para leer las bases de un concurso literario. Y si tus ingresos como escritor ya no son solo premios, el marco general está en fiscalidad del escritor en España.

Esta guía explica la norma y los criterios publicados por Hacienda. Para tu caso concreto, sobre todo si sumas premios, regalías y otros ingresos, consulta con un asesor fiscal. Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF, Reglamento del IRPF (RD 439/2007) y las consultas vinculantes V0684-22 y V1768-23 de la Dirección General de Tributos.

Preguntas frecuentes

Si las bases no dicen nada de impuestos, ¿el premio está exento?

No. La exención no se presume: solo existe si la Agencia Tributaria la ha declarado para ese premio, a petición del convocante y antes de concederlo. Si las bases no lo mencionan, pregunta al convocante si tiene esa declaración.

Gané un premio de 200 €, ¿me retienen algo?

Sí. Hacienda contestó en la consulta V0684-22 que a los premios de un concurso literario de menos de 250 € se les aplica la retención del 15 %. El límite de 300 € que se oye a menudo vale para los premios de juegos y sorteos, no para los literarios.

¿La retención es lo que pago de impuestos?

No. La retención es un adelanto. El premio se suma a tus demás ingresos en la declaración de la renta, y lo retenido se descuenta de la cuota: según tu situación, te devolverán parte o pagarás algo más.

¿Y si el premio es de otro país?

Puede estar exento si cumple los requisitos, pero en ese caso la declaración de exención la tiene que pedir el premiado, antes de que empiece el plazo de la declaración de la renta del año en que lo cobró.